La retención de IRPF es el porcentaje de tu sueldo que la empresa adelanta cada mes a Hacienda a cuenta de tu declaración de la renta. Esta calculadora obtiene ese tipo de retención con el procedimiento general del Reglamento del IRPF, el mismo que usan los programas de nóminas.
Te muestra cada paso, desde el bruto hasta la cuota, para que puedas comprobar el porcentaje de tu nómina. La retención es igual en toda España; lo que pagas de verdad depende después de tu comunidad y se ajusta en la renta.
Cómo se calcula
- Rendimiento neto. Al bruto anual se le resta la cotización del trabajador a la Seguridad Social.
- Reducción por rendimientos del trabajo. Si el rendimiento neto no supera 14.852 €, se reducen 7.302 €. Entre 14.852 € y 17.673,52 €, la reducción es 7.302 − 1,75 × (rendimiento − 14.852). Entre 17.673,52 € y 19.747,50 €, es 2.364,34 − 1,14 × (rendimiento − 17.673,52). Por encima, cero.
- Base de retención. Rendimiento neto − 2.000 € de otros gastos (3.500 € más con discapacidad del 33 % y 7.750 € más con discapacidad del 65 %) − la reducción.
- Mínimo personal y familiar. 5.550 €, más 1.150 € desde los 65 años y otros 1.400 € desde los 75, más el mínimo por hijos (al 50 % si no te computan solo a ti) y por discapacidad.
- Cuota. Se aplica la escala de retenciones a la base y al mínimo, y se restan. La escala va del 19 % hasta 12.450 € al 47 % por encima de 300.000 €, con tramos del 24 %, 30 %, 37 % y 45 %.
- Límites. Si el sueldo no supera el límite exento de tu situación, la retención es cero. Si no supera 35.200 €, la cuota no puede pasar del 43 % de la diferencia entre el sueldo y ese límite.
- Tipo. Cuota ÷ bruto anual, redondeado a dos decimales. Si el contrato es temporal, se aplica como mínimo el 2 %; la norma lo exige para contratos de menos de un año y la calculadora lo aplica a cualquier contrato temporal.
Ejemplo
Con 28.000 € brutos, soltero, sin hijos y contrato indefinido, en 2026 la Seguridad Social es de 1.820 €. La base queda en 24.180 € (28.000 − 1.820 − 2.000; sin reducción) y el mínimo en 5.550 €. La cuota es de 4.365 € y el tipo de retención del 15,59 %: unos 363,77 € al mes en 12 pagas. Con un hijo compartido, el mínimo sube a 6.750 € y el tipo baja al 14,78 %.
Fuentes oficiales
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir que me retengan más?
Sí. Puedes pedir por escrito a la empresa un tipo más alto que el que te corresponde, por ejemplo para no tener que pagar en la renta. Nunca puedes pedir uno más bajo.
¿Por qué no me retienen nada?
Si tu sueldo anual no supera el límite exento de tu situación, la retención es cero. En 2026 ese límite va de 15.876 € (sin hijos) a 19.262 € (dos o más hijos y cónyuge sin rentas).
¿Cómo influyen los hijos en la retención?
Aumentan el mínimo familiar: 2.400 € por el primero, 2.700 € por el segundo, 4.000 € por el tercero y 4.500 € por los siguientes, más 2.800 € por cada menor de 3 años. Si los dos progenitores los declaran, cada uno aplica la mitad.
¿Qué documento tengo que dar a la empresa?
El modelo 145, en el que comunicas tu situación familiar. Si cambia (nace un hijo, te separas), entrégalo de nuevo para que ajusten la retención.