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Calculadora de baja laboral 2027

Escribe tu base de cotización, la causa de la baja y los días. Verás lo que cobrarás por tramos, qué parte paga la empresa y cuánto pierdes respecto a tu sueldo.

Los parámetros de 2027 son provisionales: el SMI, las bases de cotización y algunas escalas aún no se han publicado en el BOE y se usan los vigentes, con los cambios ya aprobados para 2027. Se actualizan en cuanto salgan.

Calculadora

Año
En la nómina: base de contingencias comunes. Aproximación: bruto anual / 12.
Muchos convenios completan hasta el 100 % del salario. Déjalo en 0 si el tuyo no lo hace.
Cobrarás por 30 días de baja (bruto)1121,00 €
Base reguladora diaria
63,33 €
Pierdes respecto a tu base
779,00 €

Desglose

Prestación legal1121,00 €
La paga la empresa (días 4 a 15)456,00 €
La paga la Seguridad Social o la mutua (desde el día 16)665,00 €
Total1121,00 €
DíasPorcentajeAl díaImporte
1–30 %0,00 €0,00 €
4–2060 %38,00 €646,00 €
21–3075 %47,50 €475,00 €
  • La prestación por incapacidad temporal cotiza y lleva retención de IRPF como el salario. Los 3 primeros días de una baja común no se pagan salvo que tu convenio diga lo contrario.

Esta calculadora estima cuánto cobrarás durante una baja laboral, que en la ley se llama incapacidad temporal. El importe es un porcentaje de tu base de cotización del mes anterior y cambia según la causa de la baja y los días que dure.

Si tu convenio completa la prestación, por ejemplo hasta el 100 % del salario, puedes indicarlo y se sumará el complemento. Las cifras son brutas: de ellas se descuentan la Seguridad Social y el IRPF.

Cómo se calcula

  1. Base reguladora diaria. Base de cotización del mes anterior a la baja ÷ 30.
  2. Enfermedad común o accidente no laboral. Días 1 a 3: sin prestación. Días 4 a 20: el 60 % de la base reguladora. Desde el día 21: el 75 %.
  3. Accidente de trabajo o enfermedad profesional. El 75 % desde el primer día. En la realidad el día de la baja lo paga la empresa como salario; la calculadora aplica el 75 % también a ese día.
  4. Quién paga. En la baja común, la empresa paga los días 4 a 15 y la Seguridad Social o la mutua desde el día 16.
  5. Complemento del convenio. Si tu convenio completa hasta un porcentaje, el complemento es la base reguladora diaria × ese porcentaje × días de baja, menos la prestación legal.
  6. Duración máxima. 545 días.

Ejemplo

Con una base de cotización de 1.900 € y una baja común de 30 días, la base reguladora es de 63,33 € al día. Los días 1 a 3 no se cobran. Del 4 al 20 cobras 38 € al día, 646 € en total, y del 21 al 30, 47,50 € al día, 475 €. Total: 1.121 € brutos, de los que la empresa paga 456 € y la Seguridad Social 665 €. Si fuera un accidente de trabajo, cobrarías 1.425 €.

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿Se cobran los tres primeros días de baja?

En una baja por enfermedad común o accidente no laboral, la ley no paga los días 1 a 3. Muchos convenios sí los pagan. En un accidente de trabajo se cobra desde el principio.

¿Quién me paga la baja, la empresa o la Seguridad Social?

En la baja común, los días 4 a 15 corren a cargo de la empresa y desde el día 16, de la Seguridad Social o la mutua. En la práctica la empresa te lo paga todo en la nómina y luego lo descuenta de sus cotizaciones.

¿Cuánto puede durar una baja?

Hasta 365 días, prorrogables 180 días más si se prevé el alta médica en ese plazo. En total, 545 días.

¿La baja lleva IRPF?

Sí. La prestación por incapacidad temporal tributa como rendimiento del trabajo y cotiza a la Seguridad Social, igual que el salario.

Otras calculadoras

Resultado orientativo calculado con la normativa publicada. No sustituye el asesoramiento de un profesional ni la nómina o liquidación oficial.